En el Derecho venezolano, el ambiente tiene el rango de bien jurídico en sí, cuya protección jurídica deriva de la propia Constitución de 1999, al calificarlo como Derecho Humano (Capítulo IX, Título III). De allí que este Derecho, debe garantizarse…
Fecha:
2012-08-15
Recurso:
Universidad de los Andes Venezuela
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