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LA SITUACIÓN DE LOS PUEBLOS INDÍGENAS EN EL ORDEN JURÍDICO
MEXICANO: LOS RESULTADOS DE LAS DEMANDAS UNIVERSALES DE DERECHOS HUMANOS
Y PROCURACIÓN DE JUSTICIA
Esta Tesis supone una visión de la problemática y de los
obstáculos que los pueblos indígenas en México atraviesan
en la búsqueda de desarrollo, proponiendo el reconocimiento de los
avances que se han dado en otros países, pero aprovechando
simultáneamente la larga trayectoria cultural y organizativa de los
pueblos indígenas.
Se toma como hipótesis el planteamiento de que la modernización
jurídica en materia indígena en México, ha sido promovida
y procurada por los pueblos tribales y el movimiento indígena
internacional. Dicha reestructuración implica la idea de reinclusión
social en un panorama de equidad y reconocimiento de los derechos elementales,
pero a su vez marca exclusividad jurídica y diferencias más
profundas entre los individuos mexicanos.
Se describe la cuestión indígena desde el punto de vista
histórico y político, para evaluar desde diversos ángulos
la aplicación de los usos y costumbres como fuente de sus prácticas
legales y organizativas actuales. Se evalúa partir de la comparación
de la situación internacional y nacional, el uso de la idea de
autonomía de los pueblos y la organización indígena,
tomando en cuenta el resultado del reciente reconocimiento constitucional
de sus derechos, los efectos del levantamiento indígena de 1994 en
el sureste mexicano; la discusión política y la presión
de algunos entes de la comunidad internacional, dentro del territorio mexicano.
Capítulo I Los pueblos indígenas y su demanda
Los pueblos indígenas son organizaciones con diferente nivel de desarrollo
dentro de la sociedad mexicana; su perfil es diverso porque se han conformado
por estándares culturales diferentes.
Los pueblos indígenas son anteriores a los procesos de conquista y
colonización, aunque en el presente son resultado de una explosión
demográfica y de migraciones sin planeación ni control.
La dominación de la cultura sociopolítica europea, fue el factor
de exclusión más importante, mientras que los pueblos
indígenas apartados de toda perturbación social crecieron en
un sistema comunitario de usos y costumbres, posteriormente influenciado
por el catolicismo.
La idea de inclusión social, es en consecuencia distinta al ideal
de los pueblos indígenas, quienes demandan el reconocimiento de sus
culturas y formas de desarrollo y administración.
Los instrumentos internacionales se esfuerzan en integrar a los pueblos
indígenas a un sistema social al que no pertenecen y luchan por la
vigilancia de los derechos humanos cuando éstos en algunos casos son
violados por causas de la propia cultura de aquellos pueblos.
Capítulo II México como caso de estudio
México tiene una composición pluricultural. La décima
parte de su población está integrada por autodenominados pueblos
indígenas, actualmente reconocidos por el artículo 2°
constitucional.
En México existe un sistema jurídico dual: por un lado opera
el sistema occidental o mestizo y por el otro, el sistema indígena,
que es consuetudinario pero sin sistema escrito.
El estado de derecho mexicano, encabezado por la Constitución
Política, necesita de otros instrumentos y órganos que dicten
las formas de su materialización, en tanto que los instrumentos de
aplicación jurídica indígena son simples, ya que la
solución de controversias implica el juicio oral ante una autoridad
o ante la comunidad, persiguiendo antes que el castigo, la reparación
del daño que implican las faltas o los delitos.
El desconocimiento de los modos de aplicación de justicia en los
diferentes sistemas, dificulta la inclusión nacional de los pueblos
indígenas.
Los pueblos indígenas requieren del respeto a su autonomía.
Para ello no es necesariamente indispensable una reforma jurídica:
La propia existencia de una ley especial para resolver asuntos indígenas
a nivel general, significaría la violación a la práctica
actual de su autonomía.
Capítulo III La evaluación de los instrumentos jurídicos
de México en materia indígena
En algunas de las legislaciones latinoamericanas, existe un nuevo carácter
político de los pueblos indígenas, donde los derechos humanos
se ven validados por un sustento jurídico escrito según las
formas de organización de un país.
Los pueblos indígenas, en un intento por ser reconocidos en un sistema
jurídico federal, quedan sujetos a una normatividad general lo que
puede acarrear el olvido de sus usos y costumbres, así como la
pérdida de su autonomía.
La existencia de legislaciones especiales para los pueblos indígenas
implica una exclusividad que marca a éstos como sociedades distintas
no integrables y por tanto fomentan al racismo.
Diversos países difieren de México en los contextos en los
que los sistemas jurídicos fueron creados.
El Estado mexicano difícilmente puede tener una legislación
tan vasta y compleja en asuntos indígenas como en otros países
latinoamericanos, porque el sistema político actual tiene a las
garantías individuales como el eje central de un sistema jurídico
incluyente. Agregar elementos a los sistemas normativos del país
implicaría además de mayor complejidad en los asuntos
burocráticos, un retroceso en el reconocimiento de dichas garantías
individuales.
Conclusiones Generales
Los pueblos indígenas son sociedades que debido al retraso
socioeconómico y político no logran encajar en muchas de las
estructuras del Estado, especialmente en el ámbito Jurídico.
La problemática sociopolítica de los pueblos indígenas
genera que los entes de gobierno se vean presionados a responder a las demandas
de los pueblos y de los organismos internacionales que promueven el
reconocimiento de la autonomía de los pueblos indígenas y el
respeto de sus derechos humanos.
Las demandas de los pueblos indígenas han sido llevadas al ámbito
jurídico, con el objetivo de que se materialicen. Con ello, el gobierno
pretende satisfacer teóricamente las demandas de los pueblos
indígenas.
La complejidad del sistema jurídico mexicano advierte que, para que
los pueblos indígenas tengan una ley específica, éstos
deberán de estar apegados a una ley federal. Sin embargo los miembros
de los pueblos indígenas no tienen política ni jurídicamente
la prohibición o el obstáculo para recurrir a cualquier instancia
en cualquier materia federal para la solución de sus controversias,
por lo que la creación de una ley indígena queda fuera de necesidad
para los mexicanos y sobre todo para los pueblos indígenas.
En México la situación de los pueblos indígenas es una
problemática de tipo económico y cultural, más que de
tipo político o jurídico, ya que la problemática corresponde
a una serie de presiones externas a la demanda original de los pueblos
indígenas. Su verdadera pretensión es la del respeto de sus
usos y costumbres en todos los sentidos.
Un sistema de integración social total es imposible, visto desde el
punto cultural y administrativo de los pueblos indígenas; por lo que
hacerlo mediante reformas constitucionales implica la creación de
nuevos sistemas normativos de exclusividad que implica el hacer desigual
al un Estado de unificación jurídica uni-nacional
Aportaciones
Importancia del tema en Relaciones Internacionales
El desarrollo de los pueblos indígenas de México debe visualizarse
en un contexto local. Es urgente reconocer los avances del Indigenismo
internacional que, como se demuestra en este trabajo, ha tenido diversos
tratamientos en países con similar o mayor demografía étnica.
Sin embargo no se trata de copiar o imitar modelos, sino coincidir en la
valoración de los ancestrales y eficaces métodos de
organización indígena. La importancia, obligatoriedad y vigilancia
que los tratados y las convenciones internacionales tienen en el entorno
globalizado, pueden significar, entre otras, las soluciones buscadas, siempre
y cuando se ajusten a la propia experiencia indígena
Recomendaciones
El rescate, el reconocimiento y la defensa de derechos de los pueblos
indígenas, implican no solamente analizar el aspecto cultural y normativo
de las culturas indígenas, sino además orientar las acciones
al rescate económico de las sociedades que por su distanciamiento
han quedado rezagadas, pues así como en la ley todos somos iguales
dentro de una nación indivisible y multiétnica, también
se han establecido desde hace mucho tiempo los mecanismos para el desarrollo
social, del cual los pueblos indígenas son merecedores. |