Título: Las "teorías jurídicas" como realidades hermenéuticas
Autores: Cáceres Nieto, Enrique
Fecha: 2002-01-01
Publicador: Unam - Derecho Comparado
Fuente:
Tipo: info:eu-repo/semantics/article
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Artículo evaluado por pares
Tema:
Descripción: Número 103Enero - Abril 2002Nueva Serie Año XXXVISSN 0041 8633 LAS "TEORÍAS JURÍDICAS" COMO REALIDADES HERMENÉUTICAS * Enrique CÁCERES NIETO ** This article examines the function of legal theories, as producers of hermeneutic realities. In the first place, the author approaches the problem of the relationship between knowledge and reality. To do so, he explains the three most important legal theories: realism, idealism and phenomenalism. Later on, he analizes the concept of hermeneutic reality, which conditions the thoughts, feelings and behaviours of actors. Lastly, the author states as a conclusion that the function of legal theories is to produce hermeneutic realities, which seek to be as persuasive as possible, in order to condition or determine the thoughts, feelings, attitudes and behaviour of social actors, transforming themselves into a common thinking that is necessary to participate in certain legal contexts. Descriptors: legal theory, realismo, idea-lism, phenomenalism. *Agradezco a mi estimado colega maestro Imer Flores haber leído la versión preliminar de este trabajo, así como sus atinados comentarios gracias a los cuales me percate de que algunos pasajes eran menos claros de lo que creía originalmente. ** Investigador del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM. * Nota: Debido que la traducción es automática podrá ser inexacta o contener errores.
Número 103Enero - Abril 2002Nueva Serie Año XXXVISSN 0041 8633 LAS "TEORÍAS JURÍDICAS" COMO REALIDADES HERMENÉUTICAS* Enrique CÁCERES NIETO ** El presente trabajo explica la función de las teorías jurídicas como productoras de realidades hermenéuticas. En primer lugar, el autor desarrolla el problema de la relación existente entre el conocimiento y la realidad, para lo cual explica las tres principales teorías jurídicas: realismo, idealismo y fenomenalismo. Posteriormente, analiza el concepto de realidad hermenéutica, entendido como un condicionamiento de los pensamientos, sentimientos y comportamientos de los actores. Por último, el autor concluye que la función de las teorías jurídicas es, precisamente, la de producir realidades hermenéuticas, mismas que aspiran a ser lo suficientemente persuasivas como para condicionar o determinar a los demás en sus pensamientos, sentimientos, actitudes y conductas, llegando a convertirse en un pensamiento común que es necesario para participar en ciertos contextos jurídicos. Palabras clave: teoría jurídica, realismo, idealismo, fenomenalismo. *Agradezco a mi estimado colega maestro Imer Flores haber leído la versión preliminar de este trabajo, así como sus atinados comentarios gracias a los cuales me percate de que algunos pasajes eran menos claros de lo que creía originalmente. ** Investigador del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM. * Nota: Debido que la traducción es automática podrá ser inexacta o contener errores.
Idioma: spa