Título: The Formation and Evaluation of the Testimonial Evidence in the Canon Process of Marriage Annulment
La formación y valoración de la prueba testimonial en el proceso canónico de nulidad matrimonial
Autores: María Victoria Hernández Rodríguez; Juez en el Tribunal de Apelación del Vicariato de Roma
Fecha: 2011-12-05
Publicador: Revista de Derecho de la Pontifícia Universidad Católica de Valparaíso
Fuente:
Tipo:
Tema: No aplica
Descripción: The right of the congregation to the process and to the subsequent fair trial based on the truth and, therefore, on charity and prudence, has been established for the first time in the ecclesiastic legislation in canon 221 §§ 1-2. The proceeding is aimed at looking for the truth, probatory stage of which constitutes its heart and core, because the evidence will allow the judge to obtain the moral certainty of the truth over the existence of a controversial event. Among the evidence means the judge uses to find the truth are the testimonies; from their formation and efficacy some orientations, also based on the jurisprudence of the Roman Rota, arise, and bearing in mind that the judge is free to appraise the evidence means, without contradicting, though, the principles of logics, the maxim of experience and the scientifically grounded knowledge.
El derecho de los fieles al proceso y al consiguiente juicio justo, fundamentado en la verdad y, por tanto, en la caridad y en la prudencia, ha quedado establecido, por primera vez en la legislación eclesiástica, en el canon 221 §§ 1-2. A la búsqueda de la verdad va orientado el proceso, cuya fase probatoria constituye el corazón y el centro del mismo, ya que son las pruebas las que permitirán al juez obtener la certeza moral de la verdad sobre la existencia de un hecho controvertido. Entre los medios de prueba de los que se sirve el juez para encontrar la verdad están los testimonios, de cuya formación y eficacia vienen dadas algunas orientaciones, basadas también en la jurisprudencia de la Rota Romana, y teniendo en cuenta que el juez goza de libertad para valorar los medios de prueba, sin contradecir, no obstante, los principios de la lógica, las máximas de la experiencia y los conocimientos científicamente afianzados.
Idioma: Español

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